; Declarar ganancias que tengo en la casa de apuestas? Skip to main content
 

Declarar ganancias que tengo en la casa de apuestas?

1 2
(Leído 5195 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

No Participante
Azote de las bookies
Enviado: 19 de Abril de 2015, 16:39
Hay un mínimo personal exento, si ganas más de 1000€ en apuestas tienes que declararlo, pero si en total (sumando lo que ganes en apuestas con las rentas del trabajo, de capital, depósitos bancarios, etc), no ganas más de ese mínimo personal (que creo que está en 5.300€ o por ahí, o incluso no sé si no lo habían subido), tendrás que declarar, pero no tendrás que tributar por ello.

Vamos, lo del mínimo personal exento es así, no me he mirado la ley del juego en concreto, pero no tendría sentido que las ganancias derivadas del juego no se incluyesen dentro del mínimo personal exento...
No Participante
Conociendo el foro
Mensajes
29
Aplausos
0
Enviado: 19 de Abril de 2015, 16:56
Hay un mínimo personal exento, si ganas más de 1000€ en apuestas tienes que declararlo, pero si en total (sumando lo que ganes en apuestas con las rentas del trabajo, de capital, depósitos bancarios, etc), no ganas más de ese mínimo personal (que creo que está en 5.300€ o por ahí, o incluso no sé si no lo habían subido), tendrás que declarar, pero no tendrás que tributar por ello.

Vamos, lo del mínimo personal exento es así, no me he mirado la ley del juego en concreto, pero no tendría sentido que las ganancias derivadas del juego no se incluyesen dentro del mínimo personal exento...

Así es como lo tenía entendido yo.

Nadie da una explicación oficial, eso sí, si luego Hacienda te reclama algo, te tienes que joder.
No Participante
Guru de las apuestas
Enviado: 19 de Abril de 2015, 21:02
Hay un mínimo personal exento, si ganas más de 1000€ en apuestas tienes que declararlo, pero si en total (sumando lo que ganes en apuestas con las rentas del trabajo, de capital, depósitos bancarios, etc), no ganas más de ese mínimo personal (que creo que está en 5.300€ o por ahí, o incluso no sé si no lo habían subido), tendrás que declarar, pero no tendrás que tributar por ello.

Vamos, lo del mínimo personal exento es así, no me he mirado la ley del juego en concreto, pero no tendría sentido que las ganancias derivadas del juego no se incluyesen dentro del mínimo personal exento...

El caso es que si no llegas al mínimo exento no estás obligado a declarar, y aquí te obligan a declarar a partir de 1000 euros,  por lo que yo entiendo que por algo será,  aunque no puedo garantizarlo.

Mañana haré una simulación desde el programa Padre para salir al 100% de dudas.

Un saludo.
No Participante
Azote de las bookies
Enviado: 19 de Abril de 2015, 22:01
Citar
No tendrán que presentar declaración en ningún caso quienes obtengan rendimientos del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros ni quienes hayan tenido, exclusivamente, pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Esto es lo que dice la propia Agencia Tributaria. Es decir, interpretándolo en sentido positivo, la obligación de declarar se presenta en todos los sujetos con un incremento patrimonial de más de 1.000€.
Son dos cosas distintas, si ganas menos de 1.000€ no declaras y evidentemente tampoco tributas, si en un año ganas más de 1.000€ (independientemente de que los ganes trabajando, por un depósito bancario o mediante apuestas/póker), tienes que declarar sí o sí, lo que pasa que si ganas menos del mínimo personal exento, tienes esa obligación de presentar la declaración, pero no de tributar.

Ahora, ya sí en la ley del juego hay algo que se sale de esta norma general para las ganancias derivadas del juego, ni idea.
No Participante
Amigo de las bookies
Enviado: 19 de Abril de 2015, 22:26
Todos aquellos que no tengan ningun ingreso, estan obligados a hacer la renta si tienen ganancias patrimoniales superiores a 1000€ (caso del juego).

como no tienes otros ingresos, no debes tributar nada hasta el minimo personal, que son 5100 mas o menos. pero si obligado a hacer la declaracion. (en este caso, dudo que hacienda se moleste en reclamarte ya que tu resultado es 0. lo ideal es hacerla. OJO los menores de 25 por los cuales sus padres se desgravan, que no podrian hacerlo en este caso.

en el otro caso, los que trabajamos, debemos incluirlo y tributara a nuestro % de acuerdo a nuestros ingresos. esto es tan sencillo como modificar el borrador, y meter la cantidad para saber nuestro resultado

en teoria, hay que declarar total ganancias - total perdidas, pero bet no da esta info, solo saldo inicial, retiros/depositos y saldo final. yo declarare el neto, que al fin y al cabo es lo mismo.

alguno habeis conseguido la documentacion de las casas de apuestas? llevo 2 semanas esperando que bet me lo mande y nada..

No Participante
Amigo de las bookies
Enviado: 19 de Abril de 2015, 22:38
Hay un mínimo personal exento, si ganas más de 1000€ en apuestas tienes que declararlo, pero si en total (sumando lo que ganes en apuestas con las rentas del trabajo, de capital, depósitos bancarios, etc), no ganas más de ese mínimo personal (que creo que está en 5.300€ o por ahí, o incluso no sé si no lo habían subido), tendrás que declarar, pero no tendrás que tributar por ello.

Vamos, lo del mínimo personal exento es así, no me he mirado la ley del juego en concreto, pero no tendría sentido que las ganancias derivadas del juego no se incluyesen dentro del mínimo personal exento...

El caso es que si no llegas al mínimo exento no estás obligado a declarar, y aquí te obligan a declarar a partir de 1000 euros,  por lo que yo entiendo que por algo será,  aunque no puedo garantizarlo.

Mañana haré una simulación desde el programa Padre para salir al 100% de dudas.

Un saludo.
lo de si no llegas al minimo exento no estas obligado a declarar no es correcto del todo.

una cosa es estar obligado a declarar y otra el resultado de dicha declaracion.

se esta obligado a declarar, a partir de 1000€ en el caso de ganancias patrimoniales (para rendimientos del trabajo creo esta en 22.000).

Una vez sabes si estas obligado, hay que ver ese resultado. Y ahi es donde entra el minimo personal de 5100. Los que solo tienen ingresos del juego, no tendran que PAGAR nada hasta los 5100. pero si OBLIGADOS a declarar si han ganado mas de 1000 (obligacion de declarar no implica pagar). Su declaracion tendra resultado 0 por no superar el minimo exento

Para los que trabajen y cuyo resultado sin considerar las ganancias del juego, ya les sale a pagar, solo que hayan ganado 1€ en el juego, ya tienen que tributar y pagar por esos ingresos extra de acuerdo a su % en funcion de sus ingresos.

No Participante
Guru de las apuestas
Enviado: 20 de Abril de 2015, 12:35
Bueno pues era como decíais vosotros, no te quitan nada si no llegas al mínimo personal. He eliminado la tabla que había puesto porque tampoco me cuadran los % con las simulaciones que he hecho hoy.

Un saludo.
Tipster Bronce
Maestro en apuestas
Enviado: 20 de Abril de 2015, 14:11
Bueno pues era como decíais vosotros, no te quitan nada si no llegas al mínimo personal. He eliminado la tabla que había puesto porque tampoco me cuadran los % con las simulaciones que he hecho hoy.

Un saludo.


Charly,

Yo creo que la tabla que pusiste de retenciones de IRPF para la renta 2014, es correcta.
Hay que tener en cuenta que las pedidas por juego no se pueden compensar, pero las ganancias se consideran "ganancias patrimoniales".

Lo que hacen es sumarse a la base imponible de las ganancias que se tengan por otros conceptos.
Pero hay que tener en cuenta que las retenciones se aplican por tramos:
Si nos fijamos en los 2 primeros tramos de 2014, tendríamos:

Tramo 1:        - 17.707 € (24.75%)
Tramo 2: 17.707 - 33.007 € (30%)

Por ejemplo si por todos los conceptos, trabajo, juego ... se ganan 20.000 €
Te retienen (24,75 %) de los primeros 17707 € y 30% del resto (20.000-17.707 = 2293 €)

Aprovechando al margen de la dificultad para obtener los datos por parte de las casas, la duda más grande que tengo es si la casilla correcta es la 251 o la 266

Casilla 251: Premios obtenidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, indicando el importe metálico total (sin descontar la retención soportada), no exentos del impuesto, que se hayan obtenido.

A favor  : que es una casilla para juego, luego conceptualmente más correcta
En contra: que es para premios de juego sujetos a retención (el online no lo es)

Casilla 266: ganancias patrimoniales no sujetas a retención

A favor  : que es para ganancias patrimoniales no sujetas a retención (válido para juego online)
En contra: que es un cajón desastre que vale para todo (por ejemplo para el plan Pive)

Si alguien tiene claro este punto se agradecería, la aclaración.
No Participante
Guru de las apuestas
Enviado: 20 de Abril de 2015, 14:46
Gracias GeorgeJungle, pero como lo que le afecte a cada uno depende primero de sus otras rentas además de la situación personal y familiar de cada uno (mínimos exentos), pues vamos a dejar ese tema de un lado y que cada uno si quiere vaya diciendo que porcentaje le han aplicado al incluir el juego.

En cuanto a la casilla, yo tengo bastante claro que es la 266, un cajón de sastre como bien dices, pero la más apropiada, y aunque este año ha cambiado de número, el concepto es el mismo en donde se ha metido otros años las ganancias del juego: Otras ganancias y pérdidas que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales
Otras ganancias imputables a 2014, osea, la 266. El resultado no cambia de meterlo en una u otra, por lo que creo que no habrá ningún problema, pero considero más apropiada la 266.

Un saludo.


 


*Las cuotas mostradas en la web son meramente orientativas. Nuestro equipo trabaja muy duro para poder ofrecerte las cuotas más actualizadas posibles. Estas cuotas están sujetas a posibles cambios por parte de los operadores. No olvides comprobar la cuota actualizada en la casa de apuestas antes de realizar cualquier apuesta.